El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) se encarga de documentar la afiliación de
trabajadores y empresarios al Seguro Social de Venezuela. Esta materia se rige
según el Decreto 5370 de 30 de mayo de 2007, la Ley del Seguro Social
(según la reforma de 31 de julio de 2008) y la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social de 30 de diciembre de
2002, entre otras disposiciones.
El Seguro Social de
Venezuela parte de las bases establecidas en la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, que establece como valores del ordenamiento
jurídico y de la actuación del poder público la solidaridad, la responsabilidad
social y la garantía de los derechos humanos. Es por tanto obligación del
Estado la atención de las personas que se encuentran en situación de necesidad.
El Seguro Social es obligatorio. Las prestaciones incluidas son muy diversas, ya que
además de una asistencia médica integral se incluyen
otras contingencias como maternidad, vejez, muerte, accidente,
invalidez, retiro, cesantía, sobre vivencia y enfermedad.
Para beneficiarse de
estas prestaciones hay que diferenciar entre la asistencia médica
integral, que se aplica a cualquier persona, de las prestaciones en dinero por
otras contingencias, únicamente aplicables (y según los requisitos establecidos
en la normativa correspondiente) a los afiliados al Seguro Social de Venezuela y a sus
familiares cualificados.
La afiliación al Seguro Social se realiza
presentando en la Oficina administrativa correspondiente el formulario 14-02 ya sea por el patrono (dentro de
los 3 días hábiles siguientes al comienzo de la relación laboral) o por el
propio trabajador (para el caso de que no lo hiciera dentro de plazo el
patrono).
Las cotizaciones que
deben aportarse al Seguro Social se causarán
semanalmente, y su cuantía se determinará tomando en cuenta el salario del
asegurado en dicho período, dependiendo además del régimen aplicable en cada
zona y del riesgo que corresponde a su empresa o al grupo de trabajadores que
pertenezca.
El IVSS a través de su sistema en línea (http://www.ivss.gov.ve/) ofrece a los trabajadores y las
empresas las siguientes consultas y solicitudes:
1.- Estado de Cuenta
2.- Orden de Pago
3.- Solvencias Electrónicas
5.- Cuenta Individual
6.- Pensiones
10.-Formas
El aporte
mensual al Seguro Social se calcula de acuerdo a los siguientes porcentajes:
Ejemplo del cálculo de la deducción del Seguro social por parte del patrono
al trabajador:
S.S.O. (Seguro Social Obligatorio)= 7.421,67 x
12 Meses = 1.712,69 x 4% = 68,51 Por Semana.
52 Semanas
Como cada lunes, representa una semana para S.S.O:
· Si el mes tiene 5 Lunes → 68,51 x 5 Lunes =
342,55
· Si el mes tiene 4 Lunes → 68,51 x 4 Lunes
= 274,04
S.P.F. (Seguro de Paro Forzoso)= 7.421,67 x 12
Meses = 1.712,69 x 0,5% = 8,56 Por Semana
52 semanas
De acuerdo a la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela
Nº 39.788 de fecha 25 de Octubre de 2.011, Providencia Administrativa Nº
003, mediante la cual dispone la exhibición y presentación de
documentación ante el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales por las
entidades donde presten servicios personas sujetas a la obligación del seguro
social (IVSS). La documentación será la siguiente:
1.- La Forma 14-01 (cédula
del patrono o empresa) o registro en el sistema de gestión y
autoliquidación de empresas Tiuna, debidamente recibida y sellada por la
respectiva oficina administrativa.
2.- La Forma 14-02 (registro de asegurado) debidamente recibida
y sellada por la respectiva oficina administrativa o constancia de Registro del
Trabajador emitido por el sistema de gestión y autoliquidación de empresas
Tiuna.
3.- Presentar la forma 14-03 (participación de retiro del
trabajador).
4.- La Forma 14-133 (convenio de pagos) en caso que lo hubiere.
5.- Las tres últimas órdenes de pago emitidas por el IVSS, junto
a los respectivos depósitos bancarios por medio de los cuales fueron pagadas.
6.- La nómina de trabajadores que contenga la siguiente
información: nombres y apellidos, número de cédula de identidad, cargo,
salario, fecha de ingreso.
7.- Declaración trimestral de trabajadores ante el Ministerio de
Trabajo de los tres últimos años de ejercicio fiscal.
8.- Copia de declaración del Impuesto sobre la Renta de los tres
últimos ejercicios fiscales.
9.- Acta constitutiva, más últimas actas de asamblea de
modificaciones estatutarias.
10.- Registro patronal de asegurados, con la siguiente
información: nombres, apellidos y dirección; número de registro en el Seguro
Social; fecha de ingreso; salario diario, semanal o mensual; ocupación;
cotización semanal del trabajador; fecha de retiro y cualquier otro dato que
estime de interés el IVSS. El patrono está obligado a conservar durante cinco
años esta documentación.
11.- Estados financieros de los tres últimos ejercicios fiscales
y libros contables.
12.- Cualquier documento en el que conste el cese de actividades
(si fuese el caso).
13.- Copias de los recibos de pago de los trabajadores.
14.- Copia del último recibo de pago de un servicio básico.
15.- Contrato de arrendamiento (si fuera el caso).
16.- Copia de la Cédula de Identidad del empleador o apoderado.
17.-
En caso de empresas del Estado deberán consignar además nómina de jubilados,
formulación presupuestaria de la Partida 401 (gastos del personal). Quien
incumpla con las obligaciones dispuestas serán objeto a sanciones.
El I.V.S.S. es el instituto
Venezolano de los seguros sociales en Venezuela con carácter
público, cuya función es brindar la protección social de la seguridad social a
todos los que se beneficien de las contingencias tales como: maternidad, vejez,
sobrevivencia, enfermedad, accidentes, incapacidad, invalidez, nupcias, muerte,
retiro y cesantía o pérdida de empleo, de manera oportuna y con la excelente
calidad del servicio que se haya prestado.




